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EDITORIAL
Riesgos de Medicamentos Observados
Risks of Observed Drugs
Dr. Ac. Eduardo Aranda T.
La opinión pública se ha enterado acerca de un problema que no es novedoso pero sí impactante: la circulación de medicamentos de procedencia ilegal o de contrabando, así como la accesibilidad en algunas farmacias del país o sitios públicos de venta, de otros medicamentos falsificados. Ello por sí está claramente penado por la Ley del Medicamento N 1737 en actual vigencia, cuyos artículos 16 y 59 prohiben las adulteraciones de medicamentos nacionales o importados, penalizando tales acciones ilegales (1).
Si admitimos que Bolivia tiene población joven en porcentaje significativo y sin duda alguna la población infantil es la de mayor riesgo, se justifica plenamente que la Sociedad Boliviana de Pediatría manifieste su inquietud por este medio y realice prontamente otras gestiones conducentes a un control estricto de todos aquellos medicamentos administrados a nuestra población infantil y adolescente.
Las dificultades surgen cuando la atención a la niñez no es exclusiva de los pediatras y es igualmente asumida por médicos generales, médicos familiares y colegas con especialidades afines (Cirugía Pediátrica, Dermatología, Infectología, Medicina Social, Otorrinolaringología). De esta manera, la prescripción de drogas está a cargo de una diversidad de colegas, quienes debiesen estar alertas ante la posibilidad de que sus pacientes utilicen esos medicamentos observados. Como una proporción importante de trastornos pediátricos se da por infecciones diversas o en otros casos, los niños tienen enfermedades que exigen un manejo sintomático, podría ejercerse un control inicial sobre la circulación y despacho de: antimicrobianos, analgésicos y antipiréticos, antiinflamatorios y multivitamínicos. A partir de evidencias recientes sobre la disponibilidad y venta de medicamentos falsificados, pueden aplicarse estrategias correctivas como las recomendadas para Myanmar y Vietnam (2), así como respaldar aquella propuesta específica y recientemente emitida por el Ministerio de Salud (3).
Sin embargo, es penoso reconocer que las instituciones involucradas en la salud de la población boliviana no actúan en forma coordinada para que ejerzan un control eficaz a la dispensación de medicamentos, en la proscripción de la venta libre de drogas y a cargo de neófitos de la Medicina, así como en el control absoluto de calidad de toda droga accesible a nuestra colectividad, tal como recomiendan instancias internacionales (4). Existen fundamentos mas que suficientes para definir la falsificación de medicamentos como una actitud criminal que merece sanciones severas y efectivas (1), más aún si son utilizados por familias pobres cuyos hijos están inermes al consumo muy riesgoso de estas drogas.
En tal circunstancia, estamos frente a una nueva oportunidad para que las agrupaciones gremiales médicas y las sociedades científicas reconocidas, desarrollen gestiones para evitar el ejercicio ilegal de la profesión, porque infelizmente persiste ello a vistas de las autoridades de salud, sin tener garantías de que tales empíricos instruyen el uso de medicación de contrabando, no sujeta a regulación sanitaria alguna, o de drogas falsificadas que pueden circular con mayor probabilidad en zonas urbano-marginales o área rural. Si reconocemos las enormes dificultades que se enfrentan para disponer de las drogas necesarias para controlar padecimientos prevalentes en países subdesarrollados como Bolivia (5), el problema se agudiza al considerar la posibilidad de que las mismas sean además, o falsificadas o procedan de contrabando sin control de calidad alguno.
Igualmente puede aprovecharse esta situación para reforzar el uso racional de medicamentos, exclusivamente a cargo de médicos autorizados para el ejercicio de la profesión, restringiendo la prescripción liberal de fármacos. El cuerpo médico boliviano ha participado en diversos eventos durante los cuales se analiza la prescripción y dispensación de medicamentos, emitiendo recomendaciones concordantes con las políticas gubernamentales e internacionales de control de fármacos (6); sin embargo, no somos testigos del freno total a la circulación de drogas observadas y ello es de mayor responsabilidad de las diferentes autoridades de Salud (7).
Si no se actúa de manera decidida y correctamente planificada, con participación multi-institucional, ó sea de todas las organizaciones comprometidas en todo el proceso ligado a la importación, producción, control, prescripción y dispensación de medicamentos en el país, no podrá hablarse que se brinda una protección eficaz a la infancia y por el contrario, podríamos ser denunciados como cómplices de la circulación ilegal de esos medicamentos, con riesgos potencialmente letales para la niñez y adolescencia boliviana.
Referencias
1. Ministerio de Desarrollo Humano. Secretaría Nacional de Salud. Ley del Medicamento y Reglamento. La Paz:"Sagitario" Artes gráficas; 1997.
2. Wondemagegnehu E, ed. Counterfeit and substandard drugs in Myanmar and Viet Nam. Geneva:Essential Drugs and Other Medicines. World Health Organization; 1999. p. 33-4
3. Ministerio de Salud. Propuesta de Plan estratégico para el desarrollo de acciones de la Comisión de lucha contra los medicamentos falsificados y de contrabando. La Paz:Ministerio de Salud. 2000.
4. Programa de acción de la OMS sobre Medicamentos Esenciales. Boletín de Medicamentos esenciales 1997;23:6-12.
5. Pecoul B; Chirac P; Trouiller P; Pinel J. Access to essential drugs in poor countries: a lost battle? JAMA 1999;281:361-7
6. WHO Expert Committee on Specifications for Pharmaceutical Preparations. World Health Organ Tech Rep Ser 1999;885:I-VI, 1-156.
7. Anónimo. ¿Quién decide sobre el tratamiento: el paciente o el Estado?. Medicamentos y Terapéutica 1999;37(4):31-3.
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